El experto en pueblos indígenas y docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Gustavo Zambrano, señaló que la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Puno deberá emitir en los próximos días una sentencia en el caso Cultinor y la comunidad de Jatucachi, en estricto cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional.
Zambrano explicó que el máximo intérprete de la Constitución ha establecido que no corresponde exigir la consulta previa para el otorgamiento de concesiones mineras, debido a que estas no constituyen actos administrativos que generen una afectación directa a los derechos de los pueblos indígenas. En esa línea, precisó que dicha obligación se activa únicamente cuando existe una afectación directa.
Asimismo, indicó que esta situación podría presentarse en etapas posteriores del proyecto, como durante la solicitud de autorizaciones para la construcción o la operación de actividades extractivas. En ese contexto, el especialista enfatizó que cada fase del proceso debe evaluarse conforme al impacto real sobre las comunidades involucradas.
Finalmente, recordó que el Tribunal Constitucional ha ratificado que el título de concesión minera no habilita automáticamente el inicio de actividades de exploración o explotación, las cuales requieren el cumplimiento de todos los requisitos legales vigentes, incluido el derecho a la consulta previa cuando corresponda. Advirtió que un fallo contrario podría generar incertidumbre jurídica y afectar la inversión minera en el país.



Add a Comment